Apertura del Juicio de Condena

En el nombre del Señor, amén.

Así comienza el juicio en materia de fe contra una difunta* mujer, Juana, comúnmente llamada La Doncella.

Todos aquellos que verán las presentes cartas o instrumentos públicos, Pierre, por la misericordia divina Obispo de Beauvais, y el hermano Jean Le Maistre, de la Orden de los hermanos Predicadores, diputado y comisionado en la diócesis de Rouen, y el especialmente encargado de suplir en este juicio religioso a la persona religiosa y circunspecta el maestro Jean Graverent de la misma orden, eminente doctor en Teología, inquisidor de la fe y de la perversión herética, diputado, por la autoridad apostólica, de todo el reino de Francia; saludos en el autor y consumador de la fe, ¡Nuestro Señor Jesucristo!

Ha placido a la celestial providencia que una mujer de nombre Juana, popularmente llamada La Doncella, haya sido tomada y aprehendida por reputados hombres de guerra en los bordes y límites de nuestra diócesis y jurisdicción. El rumor estaba ya expandido en muchos lugares que esta mujer, absolutamente olvidada del honor que conviene a su sexo, habiendo roto el freno de la vergüenza, desafiando todo pudor femenino, vestía, con una sorprendente y monstruosa audacia, los hábitos indecentes pertenecientes al sexo masculino. Informamos, por otro lado, que esa presunción estaba avanzada al punto que no tenía miedo de hacer, de decir, de difundir muchas cosas contrarias a la fe católica y perjudiciales para la fe ortodoxa. Al hacerlo, tanto en nuestra propria diócesis como en otros muchos lugares del reino, ella era considerada culpable de graves delitos.

Estos hechos estaban en conocimiento de nuestra madre la Universidad de Paris y del hermano Martin Billorin, vicario general del monseñor el inquisidor de la perversidad herética. Estos se dirigieron bien pronto al muy ilustre príncipe monseñor el duque de Borgoña y al noble señor Jean de Luxemburgo, caballero, quienes, en esos tiempos, tenían a la mencionada mujer en su posesión y autoridad; y ellos le pidieron urgentemente, agregando una sumatoria bajo penas jurídicas, en nombre del mencionado vicario, que nos enviaran a la mencionada mujer, difamada y sospechosa de herejía, como a su juez ordinario.

Nosotros el Obispo susodicho, como corresponde a nuestro oficio pastoral, deseando trabajar con todas nuestras fuerzas por la exaltación y promoción de la fe cristiana, hemos entonces resuelto proseguir una legítima investigación sobre estos hechos, ampliamente divulgados de otra manera, y como el derecho y la razón aconsejan, proceder con madurez la deliberación de los actos ulteriores que nos parecen incumbir.

Es por esto que hemos requerido a los mencionados príncipe y señor, bajo pena de derecho, de que entreguen a nuestra jurisdicción espiritual la mencionada mujer para ser juzgada;  por su lado, el muy serenísimo y muy cristiano príncipe, nuestro señor rey de Francia e Inglaterra les ha requerido con el mismo objetivo. Finalmente, el muy ilustre señor el duque de Borgoña y el señor Juan de Luxemburgo, prestando benigno consentimiento a dichas solicitudes y deseando en sus almas católicas el cumplimiento de actos que consideran propios para el aumento de la fe, han entregado y enviado a la mencionada mujer al rey nuestro señor y a sus comisionados. Luego, su real providencia, encendida del deseo de favorecer la fe ortodoxa, nos ha entregado a esta mujer para que realicemos una investigación completa sobre sus hechos y dichos antes de proceder más adelante, de acuerdo con las leyes eclesiásticas.

Una vez hecho esto, hemos solicitado al distinguido y famoso capítulo de la iglesia de Rouen, poseedor de la administración de toda la jurisdicción espiritual durante la vacancia del arzobispado, que nos conceda territorio en la ciudad de Rouen para llevar a cabo este juicio; lo cual nos ha sido concedido generosa y graciosamente. Pero antes de iniciar cualquier otra acción legal contra esta mujer, hemos considerado prudente obtener, en una gran y madura deliberación, la opinión de personas instruidas y experimentadas en derecho canónico y civil, cuyo número, por la gracia de Dios, es considerable en esta ciudad de Rouen.

 

*Resulta extraño que se mencione a Juana de Arco como difunta durante la apertura del juicio. Esto ocurrió porque los manuscritos utilizados son posteriores a la condena, específicamente 4 años posteriores.

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