En el nombre del Señor, amén.
Así comienza el juicio en materia de fe contra una difunta* mujer,
Juana, comúnmente llamada La Doncella.
Todos aquellos que verán las presentes cartas o instrumentos públicos,
Pierre, por la misericordia divina Obispo de Beauvais, y el hermano Jean Le
Maistre, de la Orden de los hermanos Predicadores, diputado y comisionado en la
diócesis de Rouen, y el especialmente encargado de suplir en este juicio
religioso a la persona religiosa y circunspecta el maestro Jean Graverent de la
misma orden, eminente doctor en Teología, inquisidor de la fe y de la perversión
herética, diputado, por la autoridad apostólica, de todo el reino de Francia;
saludos en el autor y consumador de la fe, ¡Nuestro Señor Jesucristo!
Ha placido a la celestial providencia que una mujer de nombre Juana,
popularmente llamada La Doncella, haya sido tomada y aprehendida por reputados
hombres de guerra en los bordes y límites de nuestra diócesis y jurisdicción. El
rumor estaba ya expandido en muchos lugares que esta mujer, absolutamente
olvidada del honor que conviene a su sexo, habiendo roto el freno de la vergüenza,
desafiando todo pudor femenino, vestía, con una sorprendente y monstruosa
audacia, los hábitos indecentes pertenecientes al sexo masculino. Informamos,
por otro lado, que esa presunción estaba avanzada al punto que no tenía miedo
de hacer, de decir, de difundir muchas cosas contrarias a la fe católica y
perjudiciales para la fe ortodoxa. Al hacerlo, tanto en nuestra propria diócesis
como en otros muchos lugares del reino, ella era considerada culpable de graves
delitos.
Estos hechos estaban en conocimiento de nuestra madre la Universidad de
Paris y del hermano Martin Billorin, vicario general del monseñor el inquisidor
de la perversidad herética. Estos se dirigieron bien pronto al muy ilustre príncipe
monseñor el duque de Borgoña y al noble señor Jean de Luxemburgo, caballero,
quienes, en esos tiempos, tenían a la mencionada mujer en su posesión y
autoridad; y ellos le pidieron urgentemente, agregando una sumatoria bajo penas
jurídicas, en nombre del mencionado vicario, que nos enviaran a la mencionada
mujer, difamada y sospechosa de herejía, como a su juez ordinario.
Nosotros el Obispo susodicho, como corresponde a nuestro oficio
pastoral, deseando trabajar con todas nuestras fuerzas por la exaltación y
promoción de la fe cristiana, hemos entonces resuelto proseguir una legítima
investigación sobre estos hechos, ampliamente divulgados de otra manera, y como
el derecho y la razón aconsejan, proceder con madurez la deliberación de los
actos ulteriores que nos parecen incumbir.
Es por esto que hemos requerido a los mencionados príncipe y señor, bajo
pena de derecho, de que entreguen a nuestra jurisdicción espiritual la
mencionada mujer para ser juzgada; por
su lado, el muy serenísimo y muy cristiano príncipe, nuestro señor rey de
Francia e Inglaterra les ha requerido con el mismo objetivo. Finalmente, el muy
ilustre señor el duque de Borgoña y el señor Juan de Luxemburgo, prestando
benigno consentimiento a dichas solicitudes y deseando en sus almas católicas
el cumplimiento de actos que consideran propios para el aumento de la fe, han
entregado y enviado a la mencionada mujer al rey nuestro señor y a sus
comisionados. Luego, su real providencia, encendida del deseo de favorecer la
fe ortodoxa, nos ha entregado a esta mujer para que realicemos una
investigación completa sobre sus hechos y dichos antes de proceder más
adelante, de acuerdo con las leyes eclesiásticas.
Una vez hecho esto, hemos solicitado al distinguido y famoso capítulo de
la iglesia de Rouen, poseedor de la administración de toda la jurisdicción
espiritual durante la vacancia del arzobispado, que nos conceda territorio en
la ciudad de Rouen para llevar a cabo este juicio; lo cual nos ha sido
concedido generosa y graciosamente. Pero antes de iniciar cualquier otra acción
legal contra esta mujer, hemos considerado prudente obtener, en una gran y
madura deliberación, la opinión de personas instruidas y experimentadas en
derecho canónico y civil, cuyo número, por la gracia de Dios, es considerable
en esta ciudad de Rouen.
*Resulta extraño que se mencione a Juana de Arco como difunta durante la
apertura del juicio. Esto ocurrió porque los manuscritos utilizados son
posteriores a la condena, específicamente 4 años posteriores.